viernes, 14 de julio de 2017

"La calor"


Antes de comenzar a desarrollar este escrito, tengo que hacer constar lo siguiente: Soy terriblemente ingenuo, y muy crédulo con lo escrito, especialmente si tiene una condición muy formal y está debidamente avalado por los grandes próceres de la vida política.

Dicho esto, tengo que dar por buenos, y así los doy, los siguientes artículos de la Constitución Española: el Titulo primero, artículo 10, que dice:

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

También en el mismo Título, el artículo 14, cuyo contenido es:

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Y por último, el artículo 16, punto tercero, que dice:

 Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Sería inconcebible que cualquier ciudadano de a pie pudiese insultar, vejar, o zaherir a un semejante por su tendencia sexual, ya que está tipificado como delito de odio. No es concebible que alguien, amparándose en su uniforme, en sus creencias, o en cualquier otro tipo de consideraciones pueda descalificar impunemente a un colectivo de personas como es el LGTBI,  amparadas por la Constitución, como lo ha hecho el Sr. Ricardo Ramos, a la sazón rector de la parroquia de Palmanyola, dentro de la celebración de un acto social como es un bautizo.

Seguramente, y por no ser menos, su hermano Emilio, también sacerdote, este en Sant Marçal, también cargaba su odio y sus diatribas contra el citado colectivo.

Indiscutiblemente, prescindiendo de si los insultos fueron proferidos en un acto social o en un acto público, el ánimo de ofender existe, y, por tanto, su responsabilidad.

Por desgracia para la salud democrática y para la garantía del respeto a las diferencias,  y dada la sensibilidad que demuestra una gran parte de la dirección de la Iglesia Católica en España, no me cabe la menor duda que si estos discursos tienen alguna trascendencia interna será para catapultarles a un puesto de más responsabilidad.

Cuando esta misma jerarquía eclesiástica analizan en sus sínodos y reuniones curiales las causas de la despoblación de sus actos y ceremonias, quizás, y esto dicho desde fuera y sin pretender darles ningún tipo de enseñanza, deberían reflexionar si esta actitud intolerante, e incluso delictiva, podría ser una causa de la desafección de los antiguos fieles.

Lo que verdaderamente me llama la atención, ya dije al principio de este escrito que soy muy ingenuo y candoroso, es que un supuesto delito tan flagrante no haya sido aún perseguido de oficio por la fiscalía, ya que, aparentemente, es un delito de odio de los de libro.

Como me niego a creer que casos como estos puedan quedar impunes en función de la pertenencia a una determinada asociación, creo que el retraso en tomar las medidas que están tipificadas para estas situaciones  es debido al calor que nos atenaza y que nos lleva a demorar las  actuaciones hasta límites extremos.

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