viernes, 24 de febrero de 2017

Ignorancia


Siempre he dicho que desconocía completamente los temas legales. Por eso, siempre me he abstenido, y continúo haciéndolo, de criticar las sentencias, ya que supongo que las dictan personas con amplios conocimientos del Derecho, y, sobre todo, de la aplicación de las normas jurídicas, y lo hacen tras escuchar las alegaciones de las partes que litigan, que también son expertas en el tema, incluidos/as quienes que asesoran a los incursos en el proceso.

De hecho,  lo único que creía conocer sobre los temas legales era un viejo aforismo legal que pensaba que decía” “El desconocimiento de la ley no exime el cumplirla”. Craso error por mi parte, ya que ignoraba que siguiese con: “a no ser que seas mujer, seas tonta, y todavía más si estas enamorada”.

Ese, y no otro, debe ser el motivo de la absolución penal de Dña. Cristina Federica de Borbón y Grecia. Y ese será el motivo por lo que también exonerarán a Dña. Ana Mato, a pesar de que a ella se le olvidó decir, al estar divorciada, aquello de: “Se nos rompió el amor de tanto usarlo”.

A Dña. Milagrosa Martínez, ex Consellera de Turisme de la C.A. de Valencia, que reúne sólo dos condiciones eximentes, la de ser mujer y tonta, pero no consta que estuviese enamorada, la condenaron a 9 años de pena de prisión. Pero sí se le consideraron los otros dos eximentes, y por ello, sólo tiene que depositar una fianza muy inferior que a cualquier “robaperas” condenado a un delito menor.

Hay otro sistema para no ser condenado en ningún tipo de proceso legal de tipo penal, pero no se lo recomiendo a nadie ya que resulta un tanto drástico, pero, eso sí, es muy efectivo. Basta mirar el caso de Dña. Rita Barberà,  que, al ser imputada, fue apartada de su partido, e, incluso, ásperamente criticada por sus antiguos correligionarios por no dejar el escaño de Senadora. Sin embargo, al fallecer quedó exonerada de cualquier tipo de acción penal. A partir de su muerte,  ha sido de nuevo considerada como una gloriosa figura, y un ejemplo en el cual ha de mirarse cualquiera que aspire a ser alguien en el partido. Tanto es así,  que el Presidente le otorga el honorífico título de Víctima de la persecución cuando la acusan de acciones  por las que jamás podrá ser juzgada.

Cada uno interpretará la sentencia sobre la Infanta de España como quiera o sepa, pero, dentro de mi ignorancia confesada, entiendo que, si tiene que pagar algo, por mínimo que sea, es que no se la ha declarado inocente, que en algo,  aunque no necesariamente penal, ha sido considerada responsable. Otra cosa es que de la fianza que tuvo que depositar en su momento, al haber utilizado el programa P.A.D.R.E. le tengan que devolver. Es igual que en la Declaración de la Renta, al que le sale a devolver, es que le habían descontado demasiado, y al que tiene que pagar, es que había pagado demasiado poco (o no tiene un buen asesor fiscal).

Una última reflexión, si eres mujer, tonta, y estás enamorada, pero, al mismo tiempo, eres pobre, por si acaso, creo que es mejor que no delincas, no vaya a ser que la pobreza sea un agravante  que no compense al resto de los atenuantes.
Publicado en El Periscopi el 24 02 2017

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