martes, 30 de julio de 2013

Es una forma de mirarlo




No digo que no tengan razón, pero la forma en que los miembros del P.P. (no solo los activos, también los que fueron algo en esa organización) ven las resoluciones judiciales, difieren de la mía.

Soy de los que creen que, ante una situación presuntamente delictiva, hay éticamente dos posiciones: se es culpable o se es inocente. Y no hay vuelta de hoja. Con esto no quiero decir que esté en contra de las garantías procesales de los inculpados, y mucho menos que, desde el punto de vista penal, el inculpado no tenga derecho a defenderse de la forma más efectiva para sus intereses, aun mintiendo como admite nuestro Código penal. Pero creo que hay, o debería haber,  una diferencia entre la responsabilidad penal y la ética política. Pongamos dos ejemplos, a mi modo de ver muy significativos.

El llamado caso Naseiro: El P.P. repite muy ufano que no ha sido declarado culpable de ningún delito de financiación ilegal. Es verdad, no se le declaró culpable. Pero no fue debido a que no se cometiese un delito. El caso no terminó con  un fallo de culpabilidad debido a que las escuchas telefónicas donde constaban las pruebas no pudieron usarse en el juicio por un problema de procedimiento. Ante la falta de pruebas (repito, por problemas técnicos), el veredicto en justicia, fue el correcto: No culpable. ¿Debería haber tenido alguna consecuencia? Penalmente, indiscutiblemente no. Pero ética y políticamente, en un país democrático, sí. Obviamente, y como ya dije en un escrito anterior, España, no es un país democrático. Nos asemejamos más a un Reino Bananero.

Pero, esta posición ha creado escuela. Está de plena actualidad la sentencia del Tribunal Supremo en el juicio a Jaume Matas.

El Sr. Matas saca pecho ante la situación y se considera perseguido injustamente, exige que se le devuelva el pasaporte y la fianza. Debe pensar que ser condenado a nueve meses de prisión es un gran triunfo para recuperar el título de honesto. Creo que no es así, que en realidad es un delincuente. Sus delitos, que el Tribunal considera probados fuera de toda duda, llevan aparejada una pena de nueve meses. El resto de la acusación han sido desestimadas por razones técnicas, y yo, como no técnico en la materia, no voy a opinar sobre estas razones.

Las consecuencias, al menos para mí, son:

a)      El Sr. Matas,  por este juicio, no irá a prisión.

b)      El Sr. Matas no ha sido en modo alguno declarado inocente. Por tanto, es un delincuente de acuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo

c)      Al Sr. Matas, no lo olvidemos, le quedan muchos asuntos pendientes de juicio.

Al menos este es mi punto de vista, que, desde luego, difiere enormemente del que mantienen algunos.
Publicado en el Periscopi el 29 07 2013

No hay comentarios:

Publicar un comentario